Informe 301 – Argentina permanece en la Lista de Vigilancia Prioritaria de Estados Unidos sobre Protección y Cumplimiento de la Propiedad Intelectual, en 2024

Para interpretar esta noticia, que tiene mucha importancia para varios sectores comerciales, industriales y de servicios de la Argentina, es necesario ponerla en el contexto adecuado.

 

La Argentina goza de un sistema de protección de protección legal de la propiedad intelectual de alta calidad técnica. El Estado Nacional por medio del INPI (Instituto Nacional de la Propiedad Industrial) y la DNDA (Dirección Nacional de Derecho de Autor) garantizan que los inventores autores y los dueños de marcas puedan registrar y proteger sus respectivos derechos mediante procedimientos burocráticos adecuados y con uso de herramientas virtuales cada vez más eficientes, garantizando así el cumplimiento del artículo 17 de la Constitución Nacional.

 

El cual, literalmente establece que: “Todo autor ó inventor es propietario exclusivo de su obra, invento ó descubrimiento”.

 

Asimismo la Argentina es signataria de los principales tratados de protección de la propiedad intelectual, como el Convenio de París, el Convenio de Berna, y el TRIPs o ADPIC, que fortalece la protección internacional de las marcas, patentes, diseños industriales, derecho de autor y otros derechos de propiedad intelectual. Aun así, existen discusiones respecto a algunos tratados destinados a mejorar los procedimientos de registro como el tratado PCT para patentes o el Arreglo de Madrid para marcas.

 

Esta normativa nacional e internacional dota de herramientas legales a los Tribunales argentinos para los casos en que se produzcan infracciones a los derechos intelectuales.

 

No obstante esto, a la hora de analizarse el alcance de los derechos y de lo que se denomina “enforcement” o ejecución de los mismos, surgen diferencias conceptuales que son discutidas por los diferentes sectores de la industria, especialmente la farmacéutica, agropecuaria, tabaco, retail y electrónica, enfrentándose muchas veces competidores cuyas mayores o menores ganancias dependen de estas interpretaciones legales.

 

En este contexto hay que interpretar la noticia que titula esta nota.

 

En efecto, el reporte 301 sobre propiedad intelectual elaborado anualmente por la Secretaría de Comercio de Estados Unidos analiza el alcance de los derechos de propiedad intelectual no solo sobre Argentina sino en todo el mundo, estableciendo listas de atención especial para casos que considera que perjudican o pueden perjudicar los intereses de empresas de ese país. Desde hace muchos años Argentina permanece en ese listado de “atención especial. Pero para entender la complejidad de esta información cabe mencionar que en el mismo listado, junto a la Argentina, se encuentran países tales como Chile, China, India y Rusia. Y que en listado de vigilancia general encontramos países tales como Canadá, México, Colombia o Tailandia.

 

El informe completo puede ser revisado haciendo clic en el siguiente enlace: https://ustr.gov/sites/default/files/2024%20Special%20301%20Report.pdf

 

Las consideraciones del informe sobre Argentina, tienen varios aspectos interesantes para analizar, pero en particular, se hace referencia a la feria de La Salada, incluida entre los mercados que generan preocupación en relación a la protección de la propiedad intelectual.

 

Además, se alerta sobre la venta de productos falsificados en otros lugares físicos y a través de vendedores ambulantes ilegales, en el Barrio Once de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras locaciones del país.

 

Por otra parte, el informe hace referencia a que cuando un caso penal llega a una sentencia definitiva, los infractores rara vez reciben sentencias de nivel disuasorio.

La piratería en línea sigue creciendo debido a la casi inexistente aplicación de medidas penales, analiza el reporte.

Como resultado, la observancia de la propiedad intelectual en línea en Argentina consiste principalmente en que los titulares de derechos intentan convencer a los proveedores de servicios de Internet argentinos para que eliminen obras infractoras específicas, así como en intentar solicitar medidas cautelares en casos civiles, los cuales pueden llevar mucho tiempo y ser ineficaces, expresa el documento.

 

Otro desafío identificado por el organismo estadounidense, para los sectores farmacéutico y químico – agrícola innovadores, es la protección contra el uso comercial desleal, así como la divulgación no autorizada de tests no revelados u otros datos generados para obtener la aprobación de comercialización de productos en esos sectores.

 

En este último informe, el reporte sobre Argentina tuvo cambios sutiles pero importantes para la industria farmacéutica que tuvo repercusión en la prensa nacional.

 

Como explica Infobae , luego de consultar a laboratorios argentinos, el informe 2024 de USTR disipa las dudas y cuestionamientos al régimen de patentes de la industria nacional.

 

Al respecto, el director ejecutivo de la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), Eduardo Franciosi, explicó a dicho medio de comunicación que esta medida es un cambio respecto de lo venía ocurriendo en los últimos 12 años.

 

Lo cual significa que en Estados Unidos “aceptaron los argumentos esgrimidos por CILFA sobre el nivel de cumplimiento de las pautas de patentabilidad que garantizan la concesión de patentes a aquellos desarrollos que realmente son una innovación; y no a aquellas que se presentan con cambios menores para extender la vida de una patente preexistente y asegurar un monopolio”, sostuvo.

 

“Este cambio de visión es muy positivo para la industria nacional, disipa las dudas y cuestionamientos a nuestro régimen de patentes”, agregó Franciosi a Infobae.

 

Como podemos ver, el texto del reporte debe ser analizado todos los años con mucho detalle ya que las sutilezas son importantes. Es que para entenderlo adecuadamente es necesario conocer los antecedentes que llevan a la preparación del reporte. Así como las presentaciones e información que los diferentes sectores e interesados, tanto en USA como en Argentina, han acercado a la Secretaría de Comercio de USA durante el año previo a la publicación.

 

Los diferentes sectores económicos deben estar atentos a cuál será la posición futura sobre cada cuestión legal, e inclusive hacer lo necesario para defender sus intereses, a fin de evitar que se saquen conclusiones erróneas o perjudiciales.

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