Por Mauro Tovorovsky, Senior IP Attorney en Vitale, Manoff &; Feilbogen
El proyecto de Ley Ómnibus, denominado Bases y Puntos de Partida para La
Libertad de los Argentinos, que se debatirá inicialmente en la Cámara de
Diputados, tendría impacto sobre la Ley 11.723, relativa al Régimen Legal de la
Propiedad Intelectual, en caso de aprobarse en el Congreso Nacional.
De ser sancionada, la norma modificará lo relativo a las sociedades de gestión
colectiva, como la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música
(SADAIC), la Sociedad General de Autores de la Argentina (ARGENTORES) y
la Asociación Argentina de Intérpretes (AADI), entre otras. Les recortará poder
y pondrá en cabeza de la Dirección Nacional del Derecho de Autor definir qué
asociaciones pueden representar a los titulares de derechos en la gestión y
cobranza de sus derechos.
Otra disposición clave es que los titulares de derechos pueden optar libremente
entre afiliarse a una sociedad de gestión colectiva o no, y entre ejercer sus
derechos patrimoniales en forma individual o a través de esa sociedad. Algo
que hasta ahora era obligatorio.
Además, el proyecto de ley agrega la posibilidad de que la Dirección Nacional
del Derecho de Autor pueda imponer sanciones a las sociedades de gestión
colectiva que infrinjan sus propios estatutos o reglamentos. O aquellas que
incurran en hechos que afecten los intereses de sus representados. Sin
perjuicio de las sanciones penales o civiles que correspondan.
Por último, vale destacar que en función de las modificaciones que
experimentaría la Ley 11.723, se dispone una nueva numeración de su
articulado.
Para profundizar el análisis: https://www.diariojudicial.com/news-96768-la-
propiedad-intelectual-tampoco-se-salvo-de-la-ley-omnibus
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