Para interpretar esta noticia, que tiene mucha importancia para varios sectores
comerciales, industriales y de servicios de la Argentina, es necesario ponerla
en el contexto adecuado.
La Argentina goza de un sistema de protección de protección legal de la
propiedad intelectual de alta calidad técnica. El Estado Nacional por medio del
INPI (Instituto Nacional de la Propiedad Industrial) y la DNDA (Dirección
Nacional de Derecho de Autor) garantizan que los inventores autores y los
dueños de marcas puedan registrar y proteger sus respectivos
derechos mediante procedimientos burocráticos adecuados y con uso de
herramientas virtuales cada vez más eficientes, garantizando así el
cumplimiento del artículo 17 de la Constitución Nacional.
El cual, literalmente establece que:
“Todo autor ó inventor es propietario exclusivo de su obra, invento ó
descubrimiento”.
Asimismo la Argentina es signataria de los principales tratados de protección
de la propiedad intelectual, como el Convenio de París, el Convenio de Berna,
y el TRIPs o ADPIC, que fortalece la protección internacional de las marcas,
patentes, diseños industriales, derecho de autor y otros derechos de propiedad
intelectual. Aun así, existen discusiones respecto a algunos tratados
destinados a mejorar los procedimientos de registro como el tratado PCT para
patentes o el Arreglo de Madrid para marcas.
Esta normativa nacional e internacional dota de herramientas legales a los
Tribunales argentinos para los casos en que se produzcan infracciones a los
derechos intelectuales.
No obstante esto, a la hora de analizarse el alcance de los derechos y de lo
que se denomina “enforcement” o ejecución de los mismos, surgen diferencias
conceptuales que son discutidas por los diferentes sectores de la industria,
especialmente la farmacéutica, agropecuaria, tabaco, retail y electrónica,
enfrentándose muchas veces competidores cuyas mayores o
menores ganancias dependen de estas interpretaciones legales.
En este contexto hay que interpretar la noticia que titula esta nota.
En efecto, el reporte 301 sobre propiedad intelectual elaborado anualmente por
la Secretaría de Comercio de Estados Unidos analiza el alcance de los
derechos de propiedad intelectual no solo sobre Argentina sino en todo el
mundo, estableciendo listas de atención especial para casos que considera que
perjudican o pueden perjudicar los intereses de empresas de ese país. Desde
hace muchos años Argentina permanece en ese listado de “atención
especial. Pero para entender la complejidad de esta información cabe
mencionar que en el mismo listado, junto a la Argentina, se encuentran países
tales como Chile, China, India y Rusia. Y que en listado de vigilancia general
encontramos países tales como Canadá, México, Colombia o Tailandia.
El informe completo puede ser revisado haciendo clic en el siguiente
enlace: https://ustr.gov/sites/default/files/2024%20Special%20301%20Report.p
df
Las consideraciones del informe sobre Argentina, tienen varios aspectos
interesantes para analizar, pero en particular, se hace referencia a la feria de
La Salada, incluida entre los mercados que generan preocupación en relación a
la protección de la propiedad intelectual.
Además, se alerta sobre la venta de productos falsificados en otros lugares
físicos y a través de vendedores ambulantes ilegales, en el Barrio Once de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras locaciones del país.
Por otra parte, el informe hace referencia a que cuando un caso penal llega a
una sentencia definitiva, los infractores rara vez reciben sentencias de nivel
disuasorio.
La piratería en línea sigue creciendo debido a la casi inexistente aplicación de
medidas penales, analiza el reporte.
Como resultado, la observancia de la propiedad intelectual en línea en
Argentina consiste principalmente en que los titulares de derechos intentan
convencer a los proveedores de servicios de Internet argentinos para que
eliminen obras infractoras específicas, así como en intentar solicitar medidas
cautelares en casos civiles, los cuales pueden llevar mucho tiempo y ser
ineficaces, expresa el documento.
Otro desafío identificado por el organismo estadounidense, para los sectores
farmacéutico y químico – agrícola innovadores, es la protección contra el uso
comercial desleal, así como la divulgación no autorizada de tests no revelados
u otros datos generados para obtener la aprobación de comercialización de
productos en esos sectores.
En este último informe, el reporte sobre Argentina tuvo cambios sutiles pero
importantes para la industria farmacéutica que tuvo repercusión en la prensa
nacional.
Como explica Infobae , luego de consultar a laboratorios argentinos, el informe
2024 de USTR disipa las dudas y cuestionamientos al régimen de patentes de
la industria nacional.
Al respecto, el director ejecutivo de la Cámara Industrial de Laboratorios
Farmacéuticos Argentinos (CILFA), Eduardo Franciosi, explicó a dicho
medio de comunicación que esta medida es un cambio respecto de lo venía
ocurriendo en los últimos 12 años.
Lo cual significa que en Estados Unidos “aceptaron los argumentos esgrimidos
por CILFA sobre el nivel de cumplimiento de las pautas de patentabilidad que
garantizan la concesión de patentes a aquellos desarrollos que realmente son
una innovación; y no a aquellas que se presentan con cambios menores para
extender la vida de una patente preexistente y asegurar un monopolio”,
sostuvo.
“Este cambio de visión es muy positivo para la industria nacional, disipa las
dudas y cuestionamientos a nuestro régimen de patentes”, agregó Franciosi a
Infobae.
Como podemos ver, el texto del reporte debe ser analizado todos los años con
mucho detalle ya que las sutilezas son importantes. Es que para entenderlo
adecuadamente es necesario conocer los antecedentes que llevan a la
preparación del reporte. Así como las presentaciones e información que los
diferentes sectores e interesados, tanto en USA como en Argentina, han
acercado a la Secretaría de Comercio de USA durante el año previo a la
publicación.
Los diferentes sectores económicos deben estar atentos a cuál será la posición
futura sobre cada cuestión legal, e inclusive hacer lo necesario para defender
sus intereses, a fin de evitar que se saquen conclusiones erróneas o
perjudiciales.
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