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Patentes farmacéuticas en Latam. Plazo mínimo para vigencia de patentes: un fallo redefinió en Brasil el equilibrio entre derechos de la  propiedad intelectual, la competencia y el acceso al conocimiento. Se declaró inconstitucional el plazo mínimo de 10 años de vigencia para las patentes desde su concesión.

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil declaró inconstitucional la disposición de la Ley de Propiedad Industrial (Lei nº 9.279/1996), que garantizaba un plazo mínimo de diez años de vigencia para las patentes desde su concesión. 

Esta decisión marcó un antes y un después en la política de propiedad intelectual del país, al modificar una norma que había sido fuertemente cuestionada por sectores industriales, farmacéuticos y de defensa de la competencia.

La acción, conocida como ADI 5.529, fue presentada por la Procuraduría General de la República (PGR) y marca un precedente clave para la política de propiedad intelectual de Brasil.

¿Qué establecía la norma de Propiedad Intelectual?

Hasta este fallo, el artículo 40 de la Ley de Propiedad Intelectual establecía que las patentes de invención tendrían una duración de 20 años desde la fecha de depósito, y las de modelo de utilidad, 15 años-

Sin embargo, el párrafo único de este artículo garantizaba una “protección mínima”: ninguna patente podría tener una vigencia inferior a 10 años desde su concesión (7 años para modelo de utilidad).

Este mecanismo, en la práctica, extendía el monopolio de exclusividad por más de dos décadas, especialmente en los sectores farmacéutico y biotecnológico.

El fallo de la Corte Suprema (ADI 5.529)

El STF consideró que el párrafo único del art. 40 violaba principios constitucionales como la seguridad jurídica, la libre competencia y el acceso a la salud.

Según el relator del caso, Ministro Dias Toffoli, el Estado no puede prolongar automáticamente derechos de exclusividad como compensación por su propia ineficiencia administrativa.

En este sentido, se estipuló que las patentes farmacéuticas se verían afectadas retroactivamente. Como resultado, varias patentes vieron reducida su vigencia o incluso expiraron inmediatamente.

La sentencia determinó que:

  • El párrafo único del artículo 40 es inconstitucional y lo dejó sin efecto de manera inmediata.
  • Las patentes concedidas desde la fecha del fallo deben ajustarse a los plazos del artículo 40 (20 años para invenciones, 15 para modelos de utilidad).
  • Las patentes ya otorgadas bajo el esquema anterior serán revisadas conforme a la modulación de efectos definida por el tribunal.

Invitamos a consultar el documento oficial del fallo en el portal del STF, para poder analizarlo en detalle.

Impacto en la industria y la innovación

El impacto del fallo se siente especialmente en los sectores: farmacéutico, biotecnológico y agroquímico, donde muchas patentes mantenían extensiones que bloqueaban la competencia y la producción de genéricos.

El cambio introduce un sistema más previsible y alineado con los estándares internacionales de propiedad intelectual, fortaleciendo la transparencia y la competitividad del mercado brasileño.

Para las startups y centros de innovación, esta decisión representa una oportunidad para democratizar el acceso al conocimiento y fomentar la creación de nuevas tecnologías basadas en patentes que caducan en tiempo razonable.

Como indican desde Life Sciences Intellectual Property Review, la decisión tuvo repercusiones en el sector farmacéutico (y otras áreas de la economía):

  • Desató litigios
  • Influyó en las estrategias de presentación.
  • Presionó al Congreso de Brasil y a la Oficina Brasileña de Patentes y Marcas (BRPTO) para que actualizaran la normativa.

“Las empresas en Brasil ya se están concentrando en fortalecer las solicitudes, realizar modificaciones tempranas y gestionar de manera proactiva las carteras, mientras que las que están considerando ingresar están buscando cómo alinear las presentaciones con los plazos de aprobación de comercialización para asegurar una protección efectiva”, señalan desde el medio especializado.

Un nuevo equilibrio entre innovación y función social

Con la decisión del Supremo Tribunal Federal (STF), Brasil redefine el alcance del derecho de patentes.

El mensaje de la Corte es claro: la innovación no puede sostenerse sobre privilegios indefinidos.

La propiedad intelectual debe proteger al inventor, pero también cumplir una función social que garantice el bienestar colectivo, la competencia leal y el acceso equitativo a bienes esenciales como medicamentos.

Fuentes oficiales:

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