Con su entrada en vigencia, la Resolución General 11/2026 incorpora los siguientes cambios en los trámites societarios que se deben realizar ante la Inspección General de Justicia (IGJ):
1) Objeto social amplio: Se elimina la exigencia de conexidad, complementariedad o adecuación del capital social al objeto. El objeto social podrá conformarse por una o más categorías de actividades, y en las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) se admite la fórmula de “realización de cualquier actividad lícita”.
2) Dispensa de precalificación: El dictamen de precalificación profesional para la constitución de sociedades pasa a ser optativo.
3) Integración de aportes: Se simplifica la acreditación de aportes dinerarios (admitiendo declaración jurada del representante para montos iguales o inferiores a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles). Asimismo, se reglamenta la aportación de bienes registrables, muebles, títulos valores, fondos de comercio y se incorpora expresamente la factibilidad de aportar activos virtuales mediante depósito en proveedores (PSAV) registrados ante la Comisión Nacional de Valores.
4) Simplificación de trámites: Se simplifican las reglas sobre capacidad de socios y actuaciones por apoderados, registraciones de sociedades extranjeras, la constitución de sede social (admitiendo la constitución de sede electrónica en forma complementaria) y la reserva de denominación.
5) Cláusula arbitral: Se ratifica la posibilidad de incorporar cláusulas arbitrales obligatorias en los estatutos para la resolución de controversias entre la sociedad, sus socios y administradores.
Acceder a la resolución: https://nuevaweb. boletinoficial.gob.ar/ detalleAviso/primera/347799/ 20260922
