ESP
/
ENG

Terminan las reuniones a distancia en entidades reguladas por IGJ, salvo previsión en estatuto

La Inspección General de Justicia (“IGJ”) dio por finalizado el período de excepción previsto en marzo de 2020 -al inicio de la pandemia de Covid-19- para la celebración de reuniones de órganos de administración o gobierno realizadas a distancia, a través de medios o plataformas digitales, en los casos donde el estatuto no lo hubiera previsto.

Mediante la Resolución General IGJ Nº 8/22 (la “RG”), la IGJ además determinó que se admitirán las reuniones del órgano de administración o de gobierno convocadas para ser celebradas a distancia bajo los términos de lo dispuesto de la Resolución General IGJ Nº 11/20 hasta 60 días hábiles administrativos posteriores al 15/07/2022, fecha de publicación de la RG.

Cumplido dicho plazo, que finalizará a principios de octubre de 2022, las sociedades, asociaciones civiles y fundaciones deberán contemplar en sus estatutos sociales la posibilidad de realizar reuniones a distancia, a fin de poder celebrar las mismas bajo la modalidad remota.

Ante cualquier duda o consulta sobre este tema, comunicarse con Vanesa Balda: vbalda@vmf.com.ar

Otras Novedades

Compartir

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin
Share on whatsapp